En el Perú se denomina al poblador del bosque tropical húmedo, nativo, y al grupo humano comuneros. El conjunto de las comunidades nativas se encuentran reconocidas legalmente en la Constitución Política del Perú 1993, en el Capitulo VI, Del Régimen Agrario y de las Comunidades Campesinas y Nativas, Articulo Nº 89: “Las Comunidades Campesinas y las Nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas. Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece. La propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo en el caso de abandono previsto en el artículo anterior. El Estado respeta la identidad cultural de las Comunidades Campesinas y Nativas”.
Las comunidades nativas (CCNN) poseen tecnología y creencias propias.
Son 72 grupos étnicos y aborígenes; de este total, 65 se encuentran en la selva, como los Aguarunas, Bora, Capanahua, Chayahuita, Candoshi – Murato, Huitoto – Meneca, Huitoto – Murui, Shipibo - Conibo, Chamicuro, Huitoto – Muiname, Huambisa. Se asientan a orillas de los rios Putumayo, Amazonas, Pastaza, Napo, Marañon, Huallaga, Yavarí, Yurúa, Purús y Ucayali.
Se agrupan en 3 mil poblados entre la selva alta y baja, siendo aproximadamente 350 mil habitantes, conformando 14 tribus y 14 macro familias lingüísticas . Así por ejemplo, la familia lingüística Arahuaca cuya autodenominacion es Asháninka – Ashéninka se encuentra en los departamentos de Ayacucho, Cusco, Huanuco, Junín, Pasco y Ucayali; los mismos son conocidos como Kampas en Brasil, viven en los ríos Breu, Amonia y Arara que son a su vez afluentes de los ríos Envira y Yurúa, en el Estado de Acre. Es una población aproximadamente de 689 personas.
Los problemas que enfrentan los nativos son la colonizaron, el narcotráfico, la violencia política, la explotación petrolera.
En la actualidad la organización de las comunidades nativas trasciende las fronteras nacionales; existe conciencia ciudadana de los graves problemas que origina la expansión de economías de escala, que orientan sus inversiones en territorios de propiedad de las comunidades nativas trastocándoles la utilización de los recursos del bosque que da sustento a su existencia y razón de vida, por una deficiente interrelación legal con el Capitulo II Del Ambiente y de los Recursos Naturales, Artículos Nº 66, 67, 68 69, de la Constitución Politica del Perú 1993.
Las criticas al gobierno actual, a los grupos de poder, a los defensores del gran capital, a todos aquellos que de una u otra manera creen en el desarrollo económico sin tomar en cuenta los derechos de las minorías, deberían tener presente las críticas a su carencia de argumentos solo por defender el incremento del PBI o de las RIN. Sincerando las posturas, los que aprecian y quieren más de lo que no pueden pagar por el derecho a la vida que sopesen la muerte.
Subrayamos nuestro apoyo en defensa de las comunidades nativas. Data Plus Date un Supplement, reconoce el trabajo directo de otras gentes en defensa de la vida de los nativos de la Amazonia peruana.
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