17 de noviembre de 2016

Cambio Climático: COP22 Marrakech – Acuerdo de Paris


Oscar Muñiz C.


La revolución industrial data de finales del siglo XVIII, más exactamente entre la segunda mitad del siglo XVIII y principios del siglo XIX. La primera revolución industrial fue en Coalbrookdale-Reino Unido, concluyendo entre 1820 y 1840.

Según Robert Lucas, fue la primera vez en la historia de la humanidad que el nivel de vida tuvo un crecimiento sostenido, “No hay nada remotamente parecido a este comportamiento de la economía en ningún momento del pasado”.

Al respecto no nos explayaremos en este asunto. El lector puede encontrar abundante bibliografía en internet. Lo que si solicitamos es, imaginen a un individuo en su mundo rural, con sus costumbres, creencias y estilo de vida, sin pensar que iba a cambiar paulatinamente. Creemos que no existe un cambio del estilo de vida tan drástico y brutal, ni siquiera cuando el hombre llego a la Luna.

Debemos considerar como un hecho sin precedentes lo sucedido en aquella época. Creer que el Acuerdo de Paris será acatado en los plazo planteados es un reto. La sustitución de la tecnología actual no es fácil de abandonar, mucho menos sustituirla por la tecnología verde. Si eso fuera posible en el corto o mediano plazo, ¿Qué tecnología la sustituiría? ¿Cuáles tendrían que ser los mecanismos financieros para sustentar un cambio de medios?

Sin lugar a dudas creer en la conjunción tecnológica que propone el Acuerdo de Paris, es aspirar a lo que pocos países podrían alcanzar en los plazos previstos, mucho más cuando existen líderes políticos que sustentan su incredulidad  o escepticismo frente al cambio climático.

Veamos que propone el Acuerdo de Paris, sus exigencias y expectativas ante la inocuidad del esfuerzo, en la COP 22 Marrakech 2016.

El objetivo central es mantener el incremento de la temperatura global por debajo de los dos Grados C, y proseguir hasta llegar a 1.5 Grados C, para evitar catástrofes en los países con mayor vulnerabilidad. Este objetivo se concretaría con la reducción de las Emisiones de Gases Efecto Invernadero (GEI*). La meta del punto máximo a largo plazo deberá alcanzarse lo antes posible, para lograr el equilibrio entre los gases emitidos y los gases que puedan ser absorbidos. Esto tendrá que ser una realidad en la segunda mitad del presente siglo XXI.

Cada cinco años todos los países deben comunicar sobre la reducción de sus emisiones de GEI, siendo cada vez más elevada las siguientes reducciones que se comuniquen. Al respecto, son 185 países los que presentaron sus informes sobre emisiones (95 % de las emisiones globales). Se tiene en cuenta que estas contribuciones oficiales son presentadas al ratificar el acuerdo.

Con respecto al financiamiento, la meta propuesta es llegar a un mínimo de US$ 100,000 millones anuales a partir del 2020. Deberá haber predictibilidad de información cuantificable de los aportes realizados por los países cada dos años. Dentro de este ámbito, existe una  responsabilidad  histórica de los países industrializados, por lo cual se espera que ofrezcan apoyo financiero a los países menos desarrollados.

En el Acuerdo de Paris se incluye el incremento de la adaptación de los países, su  fortalecimiento frente a la resilencia y a la reducción de la vulnerabilidad frente al cambio climático. En medio de esto debe ser prioritaria la protección de las personas, lo mismo que los medios de producción y los ecosistemas.

Sobre las perdidas y daños causados por el cambio climático (tormentas, huracanes,  etc.) que afectan a los países, el Mecanismo Internacional de Varsovia  se mantiene integro. Se reconoce el rol de los bosques en la lucha contra el cambio climático (Acuerdo REDD+), como también el mecanismo de desarrollo y transferencia de tecnología. Lo novedoso es que se crea un mecanismo de desarrollo sostenible para mitigar las emisiones GEI.

La importancia de la transparencia es vital por lo cual los países deberán publicar sus inventarios sobre emisiones e información de su implementación de sus contribuciones al financiamiento, todo sujeto a examen técnico. El balance sobre el avance del cumplimiento de los objetivos será para el año 2023 y posteriormente será cada cinco años. Por el momento el Acuerdo no plantea sanciones para los países que incumplan los compromisos. Posteriormente se definirán reglamentos específicos.

Los 195 países deberán firmar el Acuerdo entre abril 2016 y abril 2017. El Acuerdo de Paris entrara en vigor 30 días posteriores a que al menos 55 países lo hayan ratificado.


*GEI.- Corresponde a aquellas emisiones de gases provenientes de las actividades o procesos habituales del ser humano. Se denomina Gases  Efecto Invernadero (GEI) ya que contribuyen, en diferente grado, al Efecto Invernadero, por l cantidad de moléculas del gas presente en la atmosfera. Dentro delos gases que tienen esta denominación se encuentran: Vapor de Agua, Dióxido de Carbono, Metano, Óxidos de Nitrógeno, Ozono, CFCs y HFCs.

Si bien el Efecto Invernadero es un fenómeno natural, el aumento de su concentración sobre los valores habituales han incidido sobre el Calentamiento global y la modificación de las condiciones climáticas (Cambio climático). Ministerio de Energía, Chile.