Durante el año 2010 publicamos una serie de hechos que a nuestro entender son de gravedad, tanto en el ámbito del gobierno nacional como en el municipal. Esos hechos según nuestro punto de vista afecta a la economía de las pequeñas empresas, a los profesionales independientes y a las empresas familiares, amen de afectar seriamente a la psicología y al espíritu nacional.
En Prosigue la contaminación ambiental en el Perú , se hace referencia directa a la tasita derogación de los Estudios de Impacto Ambiental y sus implicancias. En esta oportunidad el Grupo de Trabajo Contra la Corrupción (GTCC) se pronuncia proporcionando un trabajo que sin duda muestra el tinglado jurídico legal que se implementa desde hace no pocos años, “Decretos de urgencia a discreción: Mayores espacios de riesgo para la corrupción” .
Como antecedentes señala el Decreto de Urgencia (DU) 070-2009, que declara en emergencia la licitación de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de Taboada para asuntos ambientales y sanitarios; el DU 071-2009, que condiciona el DU 070-2009 para su aprobación, limitando a la Contraloría General de la República a revisar la versión final del contrato según el DU 047-2008. La consecuencia de esta modalidad permitió entregar el Puerto de Paita, evadiendo los mecanismos de control y fiscalización; actualmente se quiere hacer lo mismo con 33 megaproyectos contenidos en los DU 001 y 002 que acortan plazos y evaden los EIA.
Opiniones
Congresista Jonhy Lescano, presentaría al Tribunal Constitucional una demanda derogatoria. Afirma que “Los DU solo sirven para enfrentar emergencias, y hacer una obra no es un caso excepcional. Al final del Gobierno quieren dejar todo cocinado. Eso huele a corrupción”
Congresista Daniel Abugatas, “La condición de ‘urgencia’ se da solo cuando existe una situación apremiante de índole económica para el país y este no es el caso”; emplazó al Congreso a debatir el proyecto de Ley 4617 que propone derogar los DU
Investigador-GTCC Walter Vargas, la inconstitucionalidad de los DU queda demostrada analizando los 33 proyectos, 8 de ellos se repiten en DU de años anteriores como la concesión del Terminal Portuario de Yurimaguas el cual está incluido en el DU 047-2008, lo que significa que han pasado tres años que es tiempo suficiente en que se pudo procesar sin apuros y justificar el DU. Añade “el inicio del plan para agilizar las inversiones que establecen mecanismos excepcionales de concesión tuvo sustento en el primer DU 047-2008 dándole poderes a Preinversión para definir el diseño de concesión sin la participación directa de la Contraloría General de la Republica-CGR o, en todo caso, limitándola a establecer opiniones sobre la versión final del contrato, mas no sobre las condiciones del proceso; esto recorta las facultades de fiscalización sobre los recursos,’sacando la vuelta’, a la Ley de Contrataciones del Estado, reduciendo plazos y limitando los Estudios de Impacto Ambiental-EIA, como en los últimos DU”.
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