16 de febrero de 2010

CONFERENCIA MAGISTRAL Conclusiones

Conferencia Magistral, efectuada por el Dr. AXEL C. DOUROJEANNI, Senior Consultant, Fundación Chile.

Contiene seis partes, tal cual el original

1.  Las expectativas asociadas a la creación de organizaciones de recursos hídricos por cuenca
2.  La creación de organizaciones de recursos hídricos por cuenca en las reformas de las Leyes de Aguas
3.  Los atributos básicos de una organización de recursos hídricos por cuencas
4.  La legislación y la creación de organizaciones de recursos hídricos por cuencas
5.  La gestión de las intervenciones en una cuenca
6.  Conclusiones


6. Conclusiones

La creación y el tipo de organizaciones de recursos hídricos por cuenca, sobre todo orientados a la gestión del agua por cuencas, en los países de la región es muy heterogénea. Los avances logrados en algunos países y casos exitosos en todos los países indican que se esta avanzando en forma positiva. El caso del Brasil es digno de mencionar, ver Anexo II (28). A pesar de ello es evidente que aun hay mucho que se debe mejorar, comenzando por mejorar la redacción de los artículos de las leyes que hacen referencia a la creación de organizaciones de recursos hídricos por cuenca o equivalente.

Como se ha señalado en otros trabajos, hay muchos desafíos por superar. Uno de los mas complejos, y que va más allá del tema de la gestión del agua, es lograr que la política de los países apoye los procesos de descentralización en general. El crear capacidades de gobernabilidad por cuencas se sustenta en la posibilidad de descentralizar la gestión del agua y darles mas poder de decisión a los actores locales.

Una vez aceptado que la gestión del agua debe hacerse por cuenca en la forma mas descentralizada posible el siguiente paso es legislar apropiadamente para establecer las organizaciones de recursos hídricos por cuenca con su respectiva agencia. El comité, consejo o mesa de agua no requiere ni debe tener personería jurídica pero si debe tenerlo la agencia de la cuenca que se crea para apoyar al consejo, comité o mesa. Esta personería debe permitirle cobrar por el agua con el fin de cubrir sus costos administrativos y disponer de recursos para invertir en la cuenca, elaborar estudios y planes y velar por que las intervenciones en la cuenca se hagan en forma ordenada entre otras actividades.

A pesar de ser necesaria la descentralización es también fundamental que los organismos de recursos hídricos por cuenca sean asistidos pero también fiscalizados por una entidad de nivel nacional. Esto significa que a nivel nacional exista un grupo de profesionales disponibles para apoyar las agencias de cuenca que se vayan creando. Ello es importante para crear una línea de acción que respete las políticas nacionales, evite que se altere arbitrariamente la conformación local de equipos técnicos y mantenga la ética y la calidad técnica de los equipos de las agencias de cuenca y sirva de fiscalizador.

Axel C. Dourojanni
Diciembre 08, 2009


(28) Es muy interesantes los avances que se han logrado en el Brasil, como en el estado de Sao Paulo, en la instalación de comités de cuencas y los procesos que están conduciendo para instalar sus agencias de cuenca. Se destaca el apoyo dado por el Consorcio de las cuencas Piracicaba, Capivarí y Jundiaí para la instalación de la agencia de cuenca y el establecimiento de un sistema de cobranza por agua.
Nota: La agencia de agua de cuenca en el Brasil es una entidad creada en el ámbito del Comité de cuenca (Bacia) para actuar como su secretaria técnica y ser su brazo ejecutivo. Es responsable por el gerenciamiento de recursos financieros provenientes de la cobranza por el uso de los recursos hídricos efectuada por la propia agencia (fiscalizada por la ANA).
La naturaleza jurídica de las agencias de cuenca no esta definida por una disposición federal pero si establece que puede ser ejercida por delegación del comité a una entidad existente (Las funciones de la agencia de agua pueden ser delegadas a organizaciones civiles por indicación del comité de la cuenca, previa aprobación del Consejo Nacional o estadual de Recursos Hídricos).
El Estado de Sao Paulo para llenar el vacío de definición jurídica a establecido que la figura jurídica de la agencia de cuencas para el estado seria la de Fundación de Derecho Privado. A nivel Federal se esta estudiando que la figura jurídica deseada seria la de Consorcio Público.


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